La Sala de lo Social insta a la empresa a que ejecute inmediatamente la sentencia que declaró nulo su ERE y que el Tribunal Supremo confirmó en abril.
Los magistrados señalan que en este caso concurre la posibilidad de ordenar la ejecución inmediata de la sentencia, una sentencia de despido colectivo en la que se declara nula la decisión de la empresa y "en la que se condena a la readmisión de los trabajadores ratificada por el Tribunal Supremo, siendo susceptible de ejecución individual en virtud de los previsto" en la legislación.
No hay comentarios :
Publicar un comentario